Nuevo Decreto restringe el acceso a la ciudadanía italiana por descendencia: ¿el fin del «ius sanguinis sin límites»?

El Gobierno italiano ha dado un giro radical a su política de ciudadanía con la aprobación del Decreto-Ley n. 36 del 28 de marzo de 2025, que introduce medidas urgentes para limitar el reconocimiento de la ciudadanía italiana por iure sanguinis (derecho de sangre), especialmente en el caso de descendientes nacidos y residentes fuera de Italia.

¿Qué cambia con este decreto?

Hasta ahora, Italia era uno de los países más generosos en materia de ciudadanía por descendencia. Un bisnieto o tataranieto de un italiano emigrado a América podía, en teoría, reclamar la ciudadanía sin límite generacional, siempre que pudiera demostrar la línea genealógica sin interrupciones.

El nuevo decreto rompe con esa tradición al establecer que quien haya nacido fuera de Italia y posea otra ciudadanía no se considerará ciudadano italiano, incluso si cumple los requisitos previos, salvo en los siguientes casos:

  • La solicitud de reconocimiento fue presentada antes del 27 de marzo de 2025.
  • El solicitante tiene un padre/adoptante que nació en Italia o residió al menos dos años allí antes del nacimiento.
  • Un abuelo ciudadano de los padres nació en Italia.

Además, en los procesos judiciales por reconocimiento de ciudadanía, ya no se permitirán testimonios ni juramentos, y será el interesado quien deberá probar activamente que no existen causas legales para denegársela.

El fin de la ciudadanía como «derecho sin vínculos»

La medida responde, según el Gobierno, a un problema de seguridad nacional y funcionalidad institucional: el número de potenciales ciudadanos italianos nacidos y criados fuera del país ya iguala —e incluso podría superar— al de los residentes en el territorio italiano. Muchos de ellos, alegan las autoridades, carecen de vínculos culturales, lingüísticos o jurídicos con la República.

En otras palabras, se busca frenar el fenómeno del «ciudadano italiano solo en papel», que solicita el pasaporte europeo por ventajas de movilidad o acceso al mercado laboral, sin intención de integrarse o participar de la vida cívica italiana.

Un golpe para las comunidades italianas en América Latina

El impacto del decreto será especialmente fuerte en países como Argentina, Brasil y Uruguay, donde millones de personas descendientes de italianos han iniciado trámites de ciudadanía en las últimas décadas. Muchas familias que venían recopilando documentos o esperando turnos consulares quedan ahora excluidas por completo, a menos que sus ascendientes inmediatos nacieran o residieran en Italia.

La carrera contra el tiempo fue real: el decreto fue deliberado el 28 de marzo y entró en vigor el 29, dejando a quienes no presentaron su solicitud a tiempo fuera del sistema de iure sanguinis.

¿Hacia una ciudadanía más vinculada al mérito y al arraigo?

Esta reforma marca un cambio de paradigma: Italia parece querer abandonar el modelo automático y genealógico de ciudadanía, para orientarse a un esquema basado en vínculos reales con el país: residencia, idioma, cultura, deberes cívicos.

Se abre así la puerta a una futura reforma estructural que tal vez priorice el ius soli condicionado o el acceso por naturalización, y que reserve el ius sanguinis solo a casos de conexión efectiva e inmediata con Italia.

El Decreto-Ley 36/2025 no solo modifica una norma, sino que redefine el concepto mismo de ciudadanía italiana. Quienes deseen obtenerla en el futuro deberán demostrar más que una partida de nacimiento de su bisnonno: necesitarán acreditar pertenencia, historia y conexión viva con la República.

Para las comunidades italianas en el exterior, el cambio es tan sorpresivo como disruptivo. El «pasaporte italiano heredado» ya no es una herencia garantizada.

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